domingo, 29 de mayo de 2011

LA RESPONSABILIDAD DE PROTEGER..

POR: RAUL PACHECO BLANCO.

Si nos atenemos al último fallo de la Corte Suprema de Justicia , de no darle validez a una prueba como los computadores de Raúl Reyes, el estado colombiano queda completamente desprotegido bajo el punto de vista jurídico y tendría que apelar a la comunidad internacional para que intervenga y haga valer la obligación de los demás estados , ante la amenaza que significan las fuerzas guerrilleras, atentando contra los derechos humanos.
Entrarían a sobrar argumentos para que tal intervención se produjera, pues se trata de un problema que el país no ha podido solucionar en más de cuarenta años bajo el punto de vista militar , y ahora bajo el punto de vista jurídico, pues las armas de que disponía para hacerlo, han sido vetadas por la suprema corte. Al no haber legislación apropiada a las circunstancias del momento, y con todas las exigencias formales de la Corte Suprema, no cabe otra solución. De lo contrario, tendríamos que cruzarnos de brazos y esperar a que la guerrilla se tome el poder.
Con la guerrilla se han puesto en movimientos dos estrategias : la de los acuerdos y la confrontación militar. Ya se quemaron las etapas de Belisario Betancur con la amnistía, de Andrés Pastrana con el Caguán, en donde se le fue la mano de generoso. Lo mismo que las otras etapas de la confrontación, como en la época de Julio Ceras Turbay y ahora de Alvaro Uribe. Se han intentado pues, las soluciones posibles y ninguna ha funcionado.
Luego de la caída del comunismo se creyó que los factores de perturbación habían acabado, pero inmediatamente se vino la lucha interior por motivos étnicos, por una parte, como en Yugoslavia y del terrorismo tipo Bin Laden. Antes estos nuevos hechos de violencia, la Onu diseñó una nueva carta de navegación, basado en la tesis de la responsabilidad de proteger. Porque el concepto de soberanía devino en un afán de seguridad y se consideró que la primera obligación de los estados era la de proteger a su población. Ahora, si los países contemplan problemas que no han querido o no han podido solucionar, como es en este último caso, el de la guerrilla en Colombia, es obligación de la comunidad internacional de entrar en acción para proteger a la población civil. Y en cuanto a las condiciones para la intervención militar de la comunidad internacional se señalan las siguientes : 1) una causa justa. 2) intención correcta, 3) último recurso , 4) medios proporcionales, 5) posibilidades razonables de éxito, 6) decisión tomada por autoridad competente. Creemos que en el caso de Colombia, se reúnen todas estas condiciones.

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