viernes, 20 de julio de 2012

LA AUTONOMIA NO ES SOBERANIA.

POR. RAUL PACHECO BLANCO. Si bien es cierto que la constitución colombiana garantiza la autonomía de las regiones indígenas, lo hace en el mismo orden en que la garantiza también para los departamentos o entidades territoriales. Los departamentos tienen autonomía es cierto, pero no soberanía, que está radicada en el pueblo . Y la situación del Cauca está amenazada por tres frentes de la guerrilla de las Farc, las cuales atentan contra el orden público . Situación que a su vez tiene incidencia sobre el resto del país, pues se trata de un corredor estratégico, en donde existen cultivos de coca y se utiliza para llevar la mercancía hacia el océano Pacifico. Luego la actuación del gobierno nacional se justifica bajo todos los puntos de vista posibles . ¿ Qué tal que un gobernador y la policía , estorbaran la acción del ejercito nacional, alegando la autonomía departamental?. El Presidente tiene como uno de sus deberes primordiales el de garantizar el orden público y por lo tanto es la máxima autoridad. Y en guarda del orden publico, amenazado por las Farc , puede tomar toda clase de medidas que en ninguna forma puede ser entrabada por las autoridades indígenas. Es, más, los indígenas no tienen capacidad de juzgar toda clase delitos pues son otras instancias superiores , como los juzgados superiores, los tribunales y las Cortes, los que tienen esa capacidad.. Ellos solo pueden entrar a colaborar con el gobierno en el mantenimiento del orden público, pero solo de acuerdo con instrucciones del gobierno nacional. Y en cuanto a las funciones jurisdiccionales solo dentro del ámbito territorial, de conformidad con sus propias normas y procedimientos, pero siempre y cuando no vayan en contra de las leyes y de la constitución. Ellos no pueden entrar a juzgar a los responsables de la muerte del indígena y menos a un militar que tiene fuero cuando se trata de actos del servicio : es decir, por actos con o por ocasión del servicio. Es muy distinta la situación constitucional de Bolivia, por ejemplo, cuyo estado es plurinacional, compuesto por 36 nacionalidades indígenas y cuenta con una justicia paralela a la ordinaria y un porcentaje fijo de indígenas en la Corte Constitucional. De otra parte, el 60 % de la población es indígena y la misma constitución tiene una estructura indígena, como que fue concebida y redactada por Evo Morales y sus seguidores. En el caso colombiano , el presidente Santos se libró de un juicio ante el Congreso al haber permitido la humillación del ejército colombiano, hecho por demás insólito, por disponer de una cómoda mayoría parlamentaria . De lo contrario el Congreso estaría trinando. Y tendría en la picota al Presidente.

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