jueves, 23 de agosto de 2007

EL DELITO PARAPOLITICO

POR: RAUL PACHECO BLANCO

La polémica sobre el delito político está a la orden del día.
Para unos solo debe ser aplicado a quienes combaten contra el Estado, como es el caso de la guerrilla, o para nadie.
Para otros se debe abrir el compás con los paramílitares, quienes también cometen delitos políticos.
Ivan Orozco Abad (El Tiempo, 8 VIII / 07) considera que al agotarse la modernidad con los Auschivitz y los Gulag, el delíto político se convirtió en terrorismo, pero eso no obsta para que los órganos políticos manejen sin margen significativos de autonomía para negociar la paz, que no se puede lograr sino cediendo, en la línea de hacer el derecho más dúctil.
Para Edmudo López Gomez (El Tiempo 9 VIII/07) la Corte Suprema cayó en la trampa al darle entidad política al documento de Ralito, con lo cual admitió implícitamente ese carácter en loa paramilitares y por lo tanto debe abandonar el cuento de la asociación para delinquir y meterlos en el molde de la sedición.
Pero Eduardo Posada Carbó (El Tiempo 10 VIII- 07) es más tajante todavía en su apreciación al señalar que el delito político debe salir del juego, porque siguiendo a Kalmanobitz “ni la insurgencia, ni los paramilitares deben ser tratados favorablemente porque justifiquen con una intención noble sus actos atroces”, o a Sabater quien dice: “Poner bombas o secuestrar ciudadanos no son actividades políticas en una democracia, lo mismo que no es una actividad religiosa asesinar a los herejes”.
Y Carlos Gaviria( El Tiempo,l6-viii-07 ), saca la cara por el delito político señalándolo como la gran conquista liberal en su lucha contra el absolutismo real , empitonando de paso al Presidente Uribe por la incoherencia de tratar de sacar del ámbito jurídico el delito político , para tratar ahora de aplicárselo a los paramilitares
Ni tanto que queme al santo ni tampoco que no lo alumbre
La verdad, como todo, está en el medio
El delito político tiene una larga tradición entre nosotros y en el caso concreto de la guerrilla se ha obrado con largueza al permitirle inclusive su ingreso a la democracia , sin romperse ni mancharse, luego de sus actos violentos.
Entonces, sí a la insurgencia se le ha dado ese tratamiento y se les reconoció ese fuero político , a los paramilitares igualmente se les debe dar un tratamiento parecido creando el tipo penal de delito parapolitico, ya que su tipicidad no encaja dentro de la sedición.
Eso lo que se puede hacer dentro de la soberanía relativa que manejan hoy en día los países, porque ni el secuestro, ni el terrorismo o los delitos que llamamos de lesa humanidad pueden caber dentro de la malla protectora de la soberanía, pues ya caen dentro del ámbito del derecho internacional.

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