martes, 25 de junio de 2013

EL MATRIMONIO IGUALITARIO



POR:  RAUL  PACHECO  BLANCO.

¿Qué se puede sacar en limpio después de todas las vueltas que ha tenido la ley sobre matrimonio igualitario?. Hay que partir de la base de que el art 42 de la constitución está vigente : no ha sido modificado. Y el artículo define el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer. Luego no es posible todavía el matrimonio de parejas del mismo sexo, para los cuales en atención a la sentencia de la Corte y al hecho de no haber aprobado el Congreso el matrimonio igualitario, los notarios han hablado del contrato solemne entre parejas del mismo sexo, para legalizar la situación   y poder adquirir los derechos que tiene que ver con la ayuda mutua, la sucesión, etc.  No se trata como algunos sostienen que el problema está en el código civil y que reformando el código civil todo queda arreglado. No. El problema es de tipo constitucional y requiere por tanto una reforma constitucional que solamente la puede hacer el Congreso por acto legislativo, o por un refrendo o una asamblea constituyente, para lo cual, entre otras cosas, no se ha contemplado. Mientras tales hechos no se den, ni los notarios ni los jueces pueden formalizar matrimonios entre personas del mismo sexo. Solo pueden hacerlo como un acto solemnizado. La sentencia de la Corte Constitucional no es suficiente para darle el alcance que le quieren dar algunos constitucionalistas, entre ellos el señor Fiscal y el profesor Uprimny. La Corte Constitucional no tiene  capacidad para legislar y de ahí que no se atreviera a solucionar de un tajo el asunto con una simple sentencia judicial. Eso implicaría el desmoronamiento de las instituciones, la intromisión de un órgano en otro y la desfiguración por tanto, de todo el engranaje democrático del Estado. Eso para no entrar en otras precisiones como la del alcance semántico de la palabra matrimonio, que quiere decir hacer madre a alguien, cosa que por más que se quiera, nunca podrá darse. Mal hace el señor Fiscal en incitar a los jueces y notarios  a violar la constitución , porque por más vueltas que se haya dado el articulo 42 de la constitución está vigente, pues nadie lo ha derogado.

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