jueves, 2 de junio de 2022

LA NUEVA CONSTITUCIÓN DE CHILE

 


 

Con esta nueva constitución Chile supera el estado de derecho, e inicia el recorrido hacia el estado social de derecho; es decir el paso de los derechos políticos hacia los derechos sociales, más que todo acentuados en las áreas de la seguridad social y de la educación.

Pero también establece un estado plurinacional, dándole un rango de nación a los indígenas, con plenos derechos y, sobre todo, soberanía, lo cual los hace intocables de materia de su cultura y costumbres, territorios y demás.

Si en Bolivia, que tiene un porcentaje de población indígena del 48% se justifica darle el calificativo  constitucional de nación plurinacional, en el caso de Chile no se justifica porque sólo tiene el 12,8% de población indígena.

Hace esta constitución un reconocimiento a los pueblos indígenas, los incorpora en todos los frentes, pues les abre la puerta para que vayan a los cargos administrativos, cuerpos colegiados,   tribunales, además de reconocerles el derecho a dejar intactos el sistema de justicia y sus costumbres y cultura en todos los ámbitos de la actividad cotidiana .

En otros países del tamaño de la población indígena de Chile se le da el tratamiento de minorías étnicas y se les reconoce sus derechos, sin que eso implique que sean soberanos, porque esta constitución les reconoce la doble condición de pueblo y de nación.

Se ve el sesgo ideológico que tiene la constitución de marcado acento indigenista y de izquierda, porque por una parte hace de los indígenas el núcleo central de la constitución y, en materia económica, le marca el acento a la creación de empresas públicas, cuando ya hemos visto el fracaso de una economía planificada y en manos de burócratas.

Si a nivel latinoamericano se ha celebrado como una conquista la independencia del Banco Central con relación al gobierno de turno, dejando en manos de técnicos en economía el manejo monetario y cambiario, en esta nueva constitución se le da un giro de ciento ochenta grados al tener que seguir el Banco Central las políticas económicas trazada por el ejecutivo (art 38).

Lo cual indica que el Banco tendrá un manejo político y no económico, como ha sido la conquista de estos últimos tiempos.

En materia de género se impone la paridad en los cargos públicos, en este caso en la repartición de cargos entre hombres y mujeres, que debe ser paritario, abandonando la meritocracia como guía en la adjudicación de los cargos.

En los derechos fundamentales el concepto de familia varía, pues el rol no lo ejerce la familia tradicional, compuesta por hombre y mujer, se le abre campo a la familia disfuncional, que puede ser constituida por parejas del mismo sexo, con la adopción y la procreación consiguientes. La familia se convierte en un abanico de familias.

Lo que si hay que reconocer es la puesta al día en materia digital, pues el derecho a la privacidad  es lo suficientemente protegido al crear la Agencia Nacional de Protección de Datos, para evitar el negocio de los mismos, como es el caso de Facebook y Twiter, en donde el material suministrado por el usuario que busca conocimiento, se ve monitoreado por el sistema, recogiendo  datos personales y los procesa para adquirir rendimientos económicos.(art 492).

En el aspecto formal la nueva constitución de Chile abandona el esquema de dividir la parte dogmática de la funcional, organizando el contenido por temas, como la Democracia, el Medio Ambiente, los principios constitucionales, los sistemas de conocimiento,etc.

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