viernes, 27 de octubre de 2017

ACUERDO DE PAZ CON LA GUERRILLA



POR: RAUL PACHECO BLANCO

 

El acuerdo de paz firmado en el teatro Colon resulta inmodificable bajo el punto de vista de la guerrilla y del gobierno. Pero no del estado. Había necesidad de que ese pacto se convirtiera, de simple acuerdo con el gobierno a acuerdo con el estado y, de ahí, que le quedaban faltando instancias, como las de acudir a un legislativo deliberante y a un judicial autónomo. Y además de esto, quedaba el libre juego del pueblo que es el titular de la soberanía y quien tiene que decidir en definitiva si los aprueba o no. Este paso no se ha dado y si bien se hizo el intento con el plebiscito, fue el mismo pueblo el que dijo no a la integridad de  sus propuestas y no ha sido subsanado ese vacío constitucional hasta el momento. Se acudió al Congreso para darle algún viso democrático pero no era lo pertinente. La guerrilla no tiene problema alguno porque obra motu propio, ya que se trata de una organización vertical y centralizada, en donde el poder es omnímodo y disentir le puede costar la vida a cualquiera dentro del ámbito de su dominio. En cambio del otro lado, del estado, está compuesto por tres podres, el ejecutivo, el legislativo y el judicial y con otro ítem: que todos deben estar sujetos a lo mandado por la constitución y, como ya lo dijimos, al mandato del pueblo que es el titular de la soberanía y del poder constituyente. Así que la situación es compleja y no tan simple como la decisión que si puede  tomar el alto mando de la guerrilla. Ahora, ya está desmontado el aparato habilidoso que trataron  de montar el abogado Santiago y Alvaro Leyva, como si se tratara  de un acuerdo especial dentro del ámbito del derecho internacional, dándole categoría de estado a la guerrilla cosa que era totalmente traída de los cabellos y que afortunadamente la Corte enmendó. Luego nos estamos moviendo dentro del ámbito del derecho interno y solamente apelamos al derecho internacional en el caso excepcional de los derechos humanos y del derecho humanitario, que si pueden entrar al bloque de constitucionalidad, pero no las trescientas y más páginas del acuerdo que los defensores legales de la guerrilla pretendían que era un  todo constitucional, como si fuera una constitución paralela. Con estos presupuestos han debido contar los negociadores del gobierno, porque no se trataba de una asamblea constituyente que estuviera reunida para producir una nueva constitución.

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