viernes, 15 de marzo de 2013

GOLPE DE ESTADO POR OMISIÓN


POR:  RAUL  PACHECO  BLANCO.

Los golpes de estado se dan generalmente por la acción de alguien que se va contra la constitución y la ley y asume un poder que no le corresponde. Son los “cuartelazos” . Y de eso está llena toda Latinoamérica, como enseña de nuestro perfil “democrático”. En derecho constitucional la norma que regula casos específicos prima sobre la norma general que regula casos generales .  Y en el caso de Venezuela  el art 233 es el que se refiere al caso concreto de la enfermedad y cuando se dan faltas temporales o absolutas del presidente por ese motivo. En esa situación, lo que ordena el art en mención es la  certificación, por parte de un cuerpo de médicos, del estado en que se encuentra el presidente: si puede gobernar o no. Y bien sabemos que el presidente Chávez cuando se sometió  a su ultima operación, perdió el habla y el conocimiento. Tanto , que en ningún momento pudo comunicarse con el pueblo venezolano a través de su voz profunda y campanuda , que todavía resuena en las plazas de la hermana republica.   Lo que regula el art 231 es la situación, típicamente latinoamericana, de  prever  el hecho de que no pueda ser posesionado por el Congreso porque tenga mayoría adversa, y entonces ahí sí, lo tenga que hacer  ante el Tribunal de Justicia. Este  caso  se da en los sistemas presidenciales y no en los parlamentarios. El  caso pues, tiene dibujo propio y se refiere a tantas experiencias  viejas en que se quiere dificultar la posesión del presidente elegido, simplemente por joder. El caso actual no encaja  ahí, pues el presidente no se posesionó  ante la Asamblea Popular, sencillamente porque se encontraba enfermo y no podía hacerlo ante un recinto como ese.   Ahora, como lo señala el Tribunal de Justicia en su concepto, por el hecho de haber sido reelecto el presidente  no tenia necesidad de posesionarse es falso de toda falsedad. La posesión es una solemnidad absolutamente imprescindible, porque a partir de ahí se presta juramento de cumplir con la constitución  y la  ley  y nacen las responsabilidades como presidente de un nuevo periodo, que es totalmente diferente al anterior, pues cada periodo tiene sus propias obligaciones nacidas de la voluntad del pueblo. Como no tenia posibilidad de hacerlo, por absoluta incapacidad física, se ha debido encargar del gobierno el presidente de la Asamblea Popular y convocar nuevas elecciones. Aquí en cambio , el vicepresidente Maduro  usurpó el papel que debía cumplir Diosdado Cabello y produjo  un doble golpe de estado por omisión y por acción . El vicepresidente Maduro no tenia legitimidad alguna, por cuanto él había sido escogido por el presidente Chávez cuando se encontraba en el periodo presidencial anterior. Y como el vicepresidente en Venezuela no es elegido popularmente como aquí en Colombia, sino que es escogido por el presidente, pues no contaba con el aval del pueblo que en últimas se alegaría como causal de legitimidad.

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