jueves, 25 de mayo de 2017

LA SENTENCIA DE LA CORTE.



POR: RAÚL PACHECO BLANCO.

 

Con la sentencia de la Corte queda una vez más al desnudo la contradicción inicial que existe entre las posiciones jurídicas de la guerrilla y del gobierno. La guerrilla cree que los acuerdos deben interpretarse a nivel de tratado internacional y por lo tanto, deben pasar automáticamente al bloque de constitucionalidad, llevados por el pensamiento del abogado español Santiago. Y el Gobierno, o por lo menos eso creemos la gente del común, que los acuerdos deben hacer el transito formal de cualquier ley o acto legislativo, pues se trata de un acuerdo entre el gobierno y una fuerza insurgente, todo dentro del esquema de un  país. Nada de forzar las cosas y tratar de meterlos al ámbito del derecho internacional, dándole status de país a la guerrilla. Luego nada más lógica que la sentencia de la Corte al poner las cosas, dentro del espacio de nuestra constitución. Así que el Congreso no puede perder su calidad de legislador, con criterio propio y no para darle transito legislativo a un acuerdo o una orden del ejecutivo. Seria vulnerar de entrada la organización democrática dentro de la cual estamos asentados. Yo creo que esta experiencia se puede aprovechar para consensuar los acuerdos con el criterio de las mayorías que se impusieron con el no, que va mucho más allá del simple uribismo, para empatar la brecha que se abrió  y seguir adelante. Y vuelven a tener vigencia algunos temas como el de sancionar, pero de veras, los delitos de lesa humanidad y los falsos positivos, que no pueden ser objeto de absolución o de penas menores, sin privación de libertad. Además, la garantía económica de las Farc para indemnizar a las víctimas, cosa que se ha venido dilatando hasta que la guerrilla se insolvente como cualquier parroquiano en peligro de perder su fortuna mal habida. El caso de leyes como el plan de desarrollo y el presupuesto es distinto, porque se trata de leyes eminentemente técnicas y llevan su propia legitimidad pues el pueblo las votó al escoger el programa del candidato vencedor  y vienen a tomar cuerpo en el plan de desarrollo. Y el presupuesto es una emanación del plan. En los tratados internacionales es cierto que para su aprobación no son objeto de debate, porque ya están convertidos en ley y han sido sometidos a control constitucional, para surtir por último el canje de ratificaciones para convertirse en tratado. Un tratado es fruto de una deliberación previa que no necesita debate.

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