Con esta
nueva constitución Chile supera el estado de derecho, e inicia el recorrido hacia
el estado social de derecho; es decir el paso de los derechos políticos hacia
los derechos sociales, más que todo acentuados en las áreas de la seguridad
social y de la educación.
Pero
también establece un estado plurinacional, dándole un rango de nación a los indígenas,
con plenos derechos y, sobre todo, soberanía, lo cual los hace intocables de
materia de su cultura y costumbres, territorios y demás.
Si en
Bolivia, que tiene un porcentaje de población indígena del 48% se justifica darle
el calificativo constitucional de nación
plurinacional, en el caso de Chile no se justifica porque sólo tiene el 12,8%
de población indígena.
Hace esta
constitución un reconocimiento a los pueblos indígenas, los incorpora en todos
los frentes, pues les abre la puerta para que vayan a los cargos
administrativos, cuerpos colegiados,
tribunales, además de reconocerles el derecho a dejar intactos el sistema
de justicia y sus costumbres y cultura en todos los ámbitos de la actividad
cotidiana .
En otros
países del tamaño de la población indígena de Chile se le da el tratamiento de
minorías étnicas y se les reconoce sus derechos, sin que eso implique que sean
soberanos, porque esta constitución les reconoce la doble condición de pueblo y
de nación.
Se ve el
sesgo ideológico que tiene la constitución de marcado acento indigenista y de
izquierda, porque por una parte hace de los indígenas el núcleo central de la
constitución y, en materia económica, le marca el acento a la creación de
empresas públicas, cuando ya hemos visto el fracaso de una economía planificada
y en manos de burócratas.
Si a nivel
latinoamericano se ha celebrado como una conquista la independencia del Banco Central
con relación al gobierno de turno, dejando en manos de técnicos en economía el
manejo monetario y cambiario, en esta nueva constitución se le da un giro de
ciento ochenta grados al tener que seguir el Banco Central las políticas
económicas trazada por el ejecutivo (art 38).
Lo cual
indica que el Banco tendrá un manejo político y no económico, como ha sido la
conquista de estos últimos tiempos.
En materia
de género se impone la paridad en los cargos públicos, en este caso en la repartición
de cargos entre hombres y mujeres, que debe ser paritario, abandonando la
meritocracia como guía en la adjudicación de los cargos.
En los
derechos fundamentales el concepto de familia varía, pues el rol no lo ejerce
la familia tradicional, compuesta por hombre y mujer, se le abre campo a la familia
disfuncional, que puede ser constituida por parejas del mismo sexo, con la adopción
y la procreación consiguientes. La familia se convierte en un abanico de familias.
Lo que si
hay que reconocer es la puesta al día en materia digital, pues el derecho a la privacidad
es lo suficientemente protegido al crear
la Agencia Nacional de Protección de Datos, para evitar el negocio de los
mismos, como es el caso de Facebook y Twiter, en donde el material suministrado
por el usuario que busca conocimiento, se ve monitoreado por el sistema, recogiendo
datos personales y los procesa para adquirir
rendimientos económicos.(art 492).
En el
aspecto formal la nueva constitución de Chile abandona el esquema de dividir la
parte dogmática de la funcional, organizando el contenido por temas, como la
Democracia, el Medio Ambiente, los principios constitucionales, los sistemas de
conocimiento,etc.