POR: RAUL PACHECO
BLANCO.
¿Qué se puede sacar en limpio después de todas las vueltas
que ha tenido la ley sobre matrimonio igualitario?. Hay que partir de la base
de que el art 42 de la constitución está vigente : no ha sido modificado. Y el
artículo define el matrimonio como la unión de un hombre y una mujer. Luego no
es posible todavía el matrimonio de parejas del mismo sexo, para los cuales en
atención a la sentencia de la Corte y al hecho de no haber aprobado el Congreso
el matrimonio igualitario, los notarios han hablado del contrato solemne entre
parejas del mismo sexo, para legalizar la situación y
poder adquirir los derechos que tiene que ver con la ayuda mutua, la sucesión,
etc. No se trata como algunos sostienen
que el problema está en el código civil y que reformando el código civil todo
queda arreglado. No. El problema es de tipo constitucional y requiere por tanto
una reforma constitucional que solamente la puede hacer el Congreso por acto
legislativo, o por un refrendo o una asamblea constituyente, para lo cual,
entre otras cosas, no se ha contemplado. Mientras tales hechos no se den, ni
los notarios ni los jueces pueden formalizar matrimonios entre personas del
mismo sexo. Solo pueden hacerlo como un acto solemnizado. La sentencia de la
Corte Constitucional no es suficiente para darle el alcance que le quieren dar
algunos constitucionalistas, entre ellos el señor Fiscal y el profesor Uprimny.
La Corte Constitucional no tiene
capacidad para legislar y de ahí que no se atreviera a solucionar de un
tajo el asunto con una simple sentencia judicial. Eso implicaría el
desmoronamiento de las instituciones, la intromisión de un órgano en otro y la
desfiguración por tanto, de todo el engranaje democrático del Estado. Eso para
no entrar en otras precisiones como la del alcance semántico de la palabra
matrimonio, que quiere decir hacer madre a alguien, cosa que por más que se
quiera, nunca podrá darse. Mal hace el señor Fiscal en incitar a los jueces y
notarios a violar la constitución ,
porque por más vueltas que se haya dado el articulo 42 de la constitución está
vigente, pues nadie lo ha derogado.
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