POR: RAUL PACHECO BLANCO.
La constitución española de 1978 no contempla la separación de sus autonomías, porque el
interés inicial y la voluntad del pueblo español buscaba antes por el contrario,
conservar la unidad por encima de todo. Así lo dicen sus primeros artículos y
el 2 enfatiza en la “indisoluble unidad de la nación española, patria común e
indivisible de todos los españoles”. Así que en el ánimo constitucional no
estaba prevista la ruptura como ahora se pretende, para lograr el estatus de
nación. Sin embargo, en derecho las cosas se deshacen en la misma forma en que
se hacen. Y si el pacto viene desde un referéndum en donde el pueblo español
manifestó su deseo de constituir una nación, compuesta por regiones con
autonomía, en la misma forma se puede deshacer la unión, pero para eso se
necesita la voluntad expresada en las urnas del pueblo español para que Cataluña
se convierta en una nación independiente. Así, si el pueblo catalán acaba de
expresarse en cuanto a la voluntad de separarse de España, ahora le toca el
turno al pueblo español para manifestarse en referendo si está de acuerdo o no
con que se produzca esta separación. Por lo tanto, lo esencial se constituye en
que actualmente la soberanía reside en el pueblo español y no en el catalán.
Luego para que se produzca ese traspaso de soberanía se necesita la colaboración
o la voluntad de hacerlo por parte del pueblo español que es el titular de la
soberanía y del poder constituyente para que Cataluña se convierta en una nueva
nación. La salida más obvia era la de pasar de un sistema autonómico a uno
federal, pero los catalanes han expresado en todas las formas posibles que a
ellos no les interesa una solución de estas, pues los poderes que adquirirían
en esta nueva modalidad federal, ya los tienen, dentro del orden autonómico que
los rige. Y pasar luego a la confederación no creo que el resto de provincias
españolas tenga interés de hacerlo, porque fuera de los gallegos y los vascos no existe ese interés. El
presidente Rajoy da la impresión de no meterse a fondo en el problema, por una
parte para que no lo sindiquen de franquista, al emplear todo el poder del
estado o por razones que a nosotros se nos escapan. Porque con la sola
aplicación del art l5, que es de policía, no se soluciona el caso. El análisis
de fondo lo hacemos bajo el punto de vista del derecho.
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