SIGLO XXI.
POR: RAÚL PACHECO
BLANCO.
Nuestro constitucionalismo latinoamericano es demasiado
volátil. Está sujeto al vaivén de las políticas o políticos de turno, de tal
manera que difícilmente una constitución aguanta un par de años sin una
enmienda. Hay un inmediatismo constitucional
que no permite la distancia, la proyección a largo plazo, sino el crear
una herramienta para hacerla más manejable, más dúctil.
Claro está que hay algunas cuyas estructuras se conservan,
como es el caso de la argentina, la mexicana, la costarricense, para citar
algunas, fruto la segunda de ellas de la
revolución de principios del siglo XX.
Pero lo más grave de todo es que no se cumplen, o se
interpretan al acomodo de los poderes de turno. Sin embargo, es interesante ver
la evolución que ha tenido nuestro constitucionalismo, siguiendo el corte
mundial, a la medida de los grandes acontecimientos políticos que han dado
lugar al cambio de instituciones.
La evolución la podemos notar siguiendo las coordenadas de
un estado de derecho en tránsito hacia el estado social de derecho, fruto de las
constituciones europeas, fundamentalmente de la alemana, la francesa y la
española, que son material de estudio
para ponerle piso a nuestra evolución y que han servido para aliviar el destino de nuestras clases menos
favorecidas.
El paso también de una democracia representativa a una
participativa , que por cierto no ha funcionado lo suficiente por los altos
costos que implica el hacer elecciones para cubrir las áreas de plebiscitos,
revocatorias de mandato, consulta popular, referendos, etc.
Los mecanismos de protección de los derechos que han acercado
a las gentes hacia algo que antes se consideraba muy lejano, como es el caso
del derecho de petición, el derecho de amparo o tutela. .
Esa ha sido la conquista más grande que se ha obtenido
porque antes los derechos se quedaban escritos pues en la práctica no se daban.
Otro aspecto interesante es el escogimiento de una sola cámara para romper el bicameralismo
que siempre ha existido, pero que ahora, por razones de economía procesal digamos o por
motivos de concentración del poder político, se ha reducido a una sola cámara,
abandonando el esquema británico de las dos cámaras , como es el caso de Venezuela.
El presidencialismo es el plato fuerte de nuestro
constitucionalismo, pues a través de él ha girado nuestra historia, a tal
punto, que Latinoamérica es conocida por ese tipo de presidencialismo
concentrado que se impone a lo largo y ancho de Latinoamérica, con la excepción
de Haití, pues dada la influencia francesa, acogió el semi -presidencialismo de la quinta
republica francesa.
Y dentro de ese presidencialismo articulado, cuando el presidente es quien
nombra a los gobernadores y estos a los alcaldes, en el desarticulado es el
pueblo el que define quienes son los gobernadores y los alcaldes.
Otro de los debates fuertes en nuestro constitucionalismo,
lo constituye la función que están cumpliendo las altas cortes, bien sea a
través de las cortes supremas de justicia o de los tribunales o cortes constitucionales,
que han equilibrado un tanto el desmedido poder del ejecutivo. Es lo que se ha
llamado el gobierno de los jueces y que través de sus sentencias producen
derecho paralelo a la constitución, o tratando de interpretarla. Se ha avanzado
de las simples salas constitucionales dentro de la Corte Suprema de Justicia, a la Corte Constitucional con todos sus
poderes.
Este paso también se nota al evolucionar de las
contralorías, como órgano de control, a la Corte de Cuentas, judicializando una
labor tan complicada como esta y que está en la vena de la corrupción que
soporta tanto el estado como la sociedad.
Lo mismo ocurre con el sistema electoral donde los tribunales
electorales están reemplazando a los consejos
electorales que son de orientación partidista y que le quita imparcialidad a un proceso tan delicado como el electoral.
Los partidos a su vez han sido reconocidos por la
constitución y sobre todo, el Estado le ha puesto el hombro para lograr su
financiación tanto en la organización diaria , como en elecciones.
Pero aquí es donde más le meten la mano los políticos para
acomodar las normas a las necesidades de
los partidos y sobre todo, del turismo de partido, pues como ahora los partidos no tiene la consistencia de antes, basada en la ideología, se convierten
en flor de un día, con el consiguiente transfuguismo, como ha sido llamado en
algunos países.
La parte económica de la constitución nos deja ver la
influencia de un estado de bienestar , pero a su vez cruzado
por un neoliberalismo que se refugia en la independencia de la banca
oficial, tratando de superar el influjo político para que sean las medidas
técnicas las que se impongan y en la búsqueda de una estabilidad económica en la lucha contra la inflación.
Pero ese estado de
bienestar o estado social de derecho ha logrado que grandes masas populares
hayan abandonado la pobreza, ampliando el espacio de las clases medias que han
sido el motor del desarrollo.
En cuanto a la salud, la vivienda, la educación, han sido
factores importantes en el crecimiento de la América Latina que hoy en día se
encuentra en mejor situación que una Europa en crisis, con la salvedad de
Alemania.
Otro tema que trata con mucha dedicación el constitucionalismo
latinoamericano, es el de los indígenas, a tal punto que la constitución de Bolivia
es la expresión de ese pueblo indígena que antes no se había asomado a las
instituciones y que ahora, en cabeza de Evo Morales, maneja el estado.
Las consultas con estas etnias, tanto en el aspecto cultural
como en el económico y social corrige
una ancestral injusticia con ellas, a
las cuales siempre se les quiso despojar de sus tierras, de sus resguardos, de
sus lugares sagrados, de su ciencia empírica, envolviendo muchas veces
propósitos turbios en propuestas atractivas.
De ahí que la propiedad solidaria, como caja de resonancia
de esa economía indígena se le da mucha cobertura. Lo mismo podemos decir de
las constituciones de Ecuador, Perú, Guatemala y México, que son los países con
mayor población indígena.
La reforma constitucional se ha democratizado, pues antes
las constituciones solo permitían que el legislativo reformara la constitución.
Ahora, con la incorporación de la democracia participativa, se le dan al pueblo
los mecanismos del referendo o la asamblea constituyente. Y la posibilidad de
que por firmas se pueda llegar a la enmienda. Esta es una de las consecuencias
pues, del paso de la democracia representativa a la participativa.
Desgraciadamente esta herramienta ha vuelto a quedar en
manos de los congresos y de ahí que cada nuevo gobierno que se respete, reforma
la constitución para hacerle juego a la política menuda, por medio de los actos
legislativos o como veíamos atrás, con
la ley habilitante del presidente Chávez.
Esta herramienta debiera ser privilegio exclusivo del
pueblo, para evitar la inestabilidad que
propician los congresos con esa política inmediatista.
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